Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUYE MEDIDA DE ARRESTO DOMICILIARIO, a favor de los ciudadanos NELSON ANTONIO LEON y ERASMO JOSÉ SALAZAR RODRÍGUEZ, y en su lugar DICTA MEDIDA CAUTELAR MENOS GRAVOSA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, por haber vencido el tiempo de prórroga, sin juicio previo, y los acusados han permanecido detenido más de dos años, se ordena presentación periódica cada ocho (8) días, ante la Oficina del Alguacilazgo. Líbrense boleta de traslado para los acusados, y una vez impuesto de las condiciones se ordenará boleta de libertad. Notifíquese a las partes.
Regístrese, déjese constancia en el libro diario.