En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) intentara la ciudadana MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ, en contra de la sociedad mercantil "BEER SITE, C.A.", con cambio de nombre o razón social a "EL RICÓN DEL NAVEGAO, C.A., representada por su Director General ciudadano MICHEL MATA; y al Ciudadano MICHEL MATA, en su carácter de avalista, contenido en el expediente N° 22.984, de la nomenclatura particular de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de la presente .....