Decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble propiedad de la ciudadana Marcia Coromoto Reverón Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.845.795, constituido por un Inmueble constituido por un apartamento distinguido por el Nº A-101 (letra A CIENTO UNO) en la planta primer piso del Edificio "A" del Conjunto Residencial Vacacional Guacuco Beach, ubicado frente al Mar Caribe, sector "Guacuco", del Caserío Espinoza, Jurisdicción del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, signado con el Nº Catastral 015965. Dicho inmueble tiene una superficie aproximada de Noventa y Un Metros Cuadrados (91 M2) consta de las siguientes dependencias: Dos (2) dormitorios, dos (2) baños, vestier-closet, área para kitchenette, un (1) balcón; y cuenta así mismo con dos (2) aparatos de aires acondicionados, (1) aparato calentador de agua, un (1) intercomunicador con modulo de ingreso vehicular del conjunto, punto de antena y punto de teléfono......