Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villaba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, INADMITE la presente demanda de cobro de Bolívares (intimación) interpuesta por la ciudadana MAGDA AMARELIS FERENANDEZ DE VILLARROEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.651.271, domiciliada en el Valle del Espíritu Santo, Municipio García del estado Nueva Esparta, procediendo en su carácter de Director Administrativo de la Sociedad Mercantil “GRUAS ROMULO C.A.,” empresa protocolizada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha Tres (03) de febrero de 1992, Bajo el N° 88, Tomo: IV. Adic. 1 y de este domicilio, asistida por el Abogado en Ejercicio VICTOR RAMON MARCANO MENESES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.835 ; contra la Sociedad Mercantil “Empresa Constructora C.R.A., C.A.”, de e.....