Por los motivos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo
185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos IRAHIS DEL VALLE RODRIGUEZ DE ZAMBRANO y ENRIQUE FRANCISCO ZAMBRANO BONILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V-6.465.932 y V-4.654.824, respectivamente; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une; en virtud del Matrimonio Civil celebrado el día 29 de septiembre de 1983, en el Registro Civil del Municipio Maria Guevara del Municipio Tubores del estado de Nueva Esparta.
Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del T.....