REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL NUEVA ESPARTA
San Juan Bautista, 8 de Diciembre de 2015
205° Y 156°

EXPEDIENTE: N-1113-15.

PARTE DEMANDANTE: ANDERSON SMITH GUERRA MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.109.265.
ABOGADO ASISTENTE: Abogado ENNYS BOADAS, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 213.819.
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES) DIRECCION CEFOUNES NUEVA ESPARTA.
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD CON MEDIDA DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS.

I
ANTECEDENTES


En fecha 11 de junio de 2015, el ciudadano ANDERSON SMITH GUERRA MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.109.265, asistido por el abogado ENNYS BOADAS, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 213.819, interpone por ante este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, recurso de nulidad con medida de suspensión de los efectos, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES) DIRECCION CEFOUNES NUEVA ESPARTA.

En fecha 12 de junio de 2015, este Juzgado Superior le da entrada a la presente causa, asignándosele el Nº N-1113-15.

En fecha 16 de junio de 2015, se admite la presente causa de conformidad con lo establecido en el articulo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y se ordena la citación mediante oficio al ciudadano Director de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (Unes) Dirección Cefounes Nueva Esparta y al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los fines de su contestación y su opinión en la presente causa.

En fecha 11 de noviembre de 2015, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, consigna el oficio N°. O/267-15, de fecha 16 de junio de 2015, dirigido al Director de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad (Unes) Dirección Cefounes Nueva Esparta.

En fecha 18 de noviembre de 2015, el ciudadano ROBERTO MANUEL BLANCO DE ARMAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.777.504, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.276, en su carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional de la Seguridad, consigna expediente administrativo.

En fecha 26 de noviembre de 2015, el ciudadano EMMANUEL REYES, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior, consigna el oficio N°. O/286-15, de fecha 19 de junio de 2015, dirigido al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.

En fecha 27 de noviembre de 2015, este Juzgado Superior, vencido como se encuentra el lapso para la presentación de los informes, fija para el sexto (6) día de despacho al de hoy, la audiencia oral y publica de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.

En fecha 8 de noviembre 2015, se llevó a cabo la audiencia preliminar, compareciendo solo la parte demandada lo cual solicitó se declare el desistimiento en la presente causa, de conformidad con el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Corresponde a esta sentenciador pronunciarse con relación al desistimiento de la presente demanda; y a tal efecto, observa:

El caso de autos, versa sobre un Recurso Contencioso de Nulidad con Medida de Suspensión de los Efectos interpuesto por el ciudadano ANDERSON SMITH GUERRA MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.109.265, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES) DIRECCION CEFOUNES NUEVA ESPARTA, cuya tramitación y sustanciación se ordenó conforme al procedimiento establecido en los artículos 65 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Así las cosas, resulta necesario observar el contenido de los artículos 70 ejusdem el cual establece expresamente que:

“Artículo 70.-Recibido el Informe o transcurrido el termino para su presentación, el Tribunal dentro de los diez días de despacho siguientes, realizará la audiencia oral oyendo a las partes, a los notificados y demás interesados. Los asistentes a la audiencia podrán presentar sus pruebas.
Si el demandante no asistiere a la audiencia se entenderá desistida la demanda, salvo que otra persona de las convocadas manifieste su interés en la resolución del asunto. (Resaltado de este Tribunal).

Se observa que la ley que regula el presente procedimiento de demanda, establece como consecuencia jurídica a la inasistencia de la parte demandante a la audiencia preliminar, el desistimiento del procedimiento. Siendo así, debe quien aquí decide, señalar que dicha figura conlleva a la extinción de la relación procesal y en consecuencia, la omisión del pronunciamiento de la sentencia de fondo.

Así, en atención a las consideraciones antes expuestas y visto que conforme se evidencia de autos, la parte recurrente no cumplió la carga procesal de asistir a la Audiencia Preliminar previamente fijada, configurándose así el supuesto establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que resulta forzoso declarar Desistido el procedimiento de demanda incoada por el ciudadano ANDERSON SMITH GUERRA MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.109.265, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES) DIRECCION CEFOUNES NUEVA ESPARTA. ASÍ SE DECIDE.





III
DECISIÓN

Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara el DESISTIMIENTO EN EL PRESENTE RECURSO CONTENCIOSO DE NULDIAD CON MEDIDA DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS, incoado por el ciudadano ANDERSON SMITH GUERRA MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.109.265, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD (UNES) DIRECCION CEFOUNES NUEVA ESPARTA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, En San Juan Bautista, a los ocho (8) días del mes de diciembre de 2015, Años 205° de la independencia y 156° de la Federación.
El Juez,

Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO

La Secretaria,

Abg. JULIETA MARIA SALAZAR BRITO






Exp. N° N-1113-15.
HBF/jmsb/Pedro