esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a fin de garantizarle a la precitada niña su Derecho a un Nivel de Vida Adecuado, previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia, con los Artículos 365, 366, 466 y 466-B ejusdem, en uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley, ordena: PRIMERO: Oficiar a la Empresa COMPUISLA ELECTRONICS ¿CRASH , C.A , a los fines de que se sirva descontar del sueldo del ciudadano ANIBAL JOSE GOMEZ CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.283.412, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, en partidas de DOSCIENTOS BOLIVARES QUINCENALES (Bs.200,00) p.....