En virtud de lo expuesto, este Juzgador aprecia en su conjunto la acusación de la fiscal del Ministerio Público y no habiendo irregularidad en la tramitación a fin de determinar su legalidad, de conformidad con el artículo 330, ordinal segundo y noveno, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal hace el siguiente pronunciamiento: ADMITE totalmente la acusación de la representación fiscal en contra de Juan Rafael León Marjal, Emerson Antonio Jiménez Pérez, Ramón Jesús Pico Cabello, Enrique Beltrán Ruiz Hernández, José Gregorio López Gómez, José Luís León Velásquez, Jesús Tomás Gómez Ruiz y Miguel Angel Bellorín, siendo igualmente pertinente y necesario las pruebas ofrecidas para el juicio oral por la Representación fiscal al resultar lícitas, legales, pertinentes y necesarias, asimismo, se admiten las pruebas promovidas por la defensa representada por los abogados Angel Fernando Rosario, Diógenes González y Tania Palumbo, al resultar legales útiles y pertinentes. En consecu.....