Visto lo solicitado por la vindicta Publica este Tribunal decreta al ciudadano LUIS ANTONIO SUAREZ VIVAS consideración con lo establecido en el primer aparte del artículo 242 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, una MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 236 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, la cual cumplirá en la sede de la en la Estación Policial de Maneiro del Instituto Neoespartano de Policía (Pampatar); de igual manera este Tribunal decreta Medida de Protección a la Victima, establecida en el artículo 87 ordinal 6° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. CUARTO: Vista la Solicitud de la Fiscala del Ministerio Publico este Tribunal ordena sea remitido al Equipo Interdisciplinario de este Tribunal Especializado a los fines de que se le practique Triaje a los ciudadanos LUIS ANTONIO SUAREZ VIVAS, para el dí.....