Este Tribunal de conformidad a todos los requisitos exigidos en nuestro ordenamiento jurídico y cumplidos los mismos. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre dicha bienhechuría, a la ciudadana MARIA ALEJANDRA RIVAS HOFFMANN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.206.464, salvo los derechos que puedan tener terceros, todo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota de éste, en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones al interesado conforme a lo solicitado. Cúmplase.