En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Juez Unipersonal Nº 2 Temporal, de la Sala de Juicio Única del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA:Primero: CON LUGAR la solicitud de Medidas Sobre Guarda, presentada por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a petición del ciudadano Francesco Villano extranjero, de mayor edad, de este domicilio, con pasaporte Nº 425324F y titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.252.307, contra la ciudadana: MAYLEN MORALES MONCADA, venezolana, de mayor edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.70.894. Segundo: En virtud de la situación planteada se establece como REGIMEN DE VISITAS para la progenitora no guard.....