DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 411 del Código Penal, se le seguía al Ciudadano ALEXIS ALBERTO ARANDA FUENTES, venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 03-11-1.979, de 25 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Técnico Superior en Informática, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.476.383, residenciado en la Calle Principal, Los Bagres, casa S/N, Color amarillo, Municipio Autónomo Díaz del Estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo pautado en los artículos 45, 318 aparte infine, 322, en concordancia con el artículo 48 Ordinal 7º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en consecuencia se ordena el cese de cualquier medida o régimen que esté cumpliendo las precitadas ciudadanas. Ofíciese lo conducente al la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase. .....