Conforme a los razonamientos tanto de hecho como de Derecho previamente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, con base a lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto penal Nro. OP01 OP01-P-2008-000726 seguido en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS RIVAS SANTAMARIA, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 26-12-1968, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.459.061, residenciado en la Urbanización Valle Verde, Calle Sucre, casa sin numero sin frisar cerca de una construcción de dos plantas, Municipio García de este estado y PEDRO RAMON YAGUARAMAY, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 17-01-62, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.283.232, r.....