En fuerza de los anteriores razonamientos, este tribunal segundo de control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, en la causa seguida contra el ciudadano Manuel José Fuentes, ya identificado. Cesan las medidas cautelares sustitutivas decretadas a favor de Manuel José Fuentes, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, participándole lo aquí acordado.
Las partes quedaron notificadas de la presente decisión por encontrarse presentes en la sala de audiencia preliminar, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 175, encabezamiento, del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia preliminar correspondiente al tribunal .....