Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES (Intimación), intentada por el ciudadano MANUEL ENRIQUE CAMEJO, con el carácter de endosatario en procuración de la letra de cambio objeto de la pretensión, librada a favor del ciudadano JOSE ORLANDO ROCA CARVAJAL, contra la ciudadana ELSA DEL VALLE BELLORIN ESPAÑA, todos plenamente identificados en la narrativa de este fallo. SEGUNDO: Se CONDENA a la ciudadana ELSA DEL VALLE BELLORIN ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.889.413, en su condición de demandada, al pago de los siguientes conceptos: 1) La cantidad de Cuarenta Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs.40.400,00), por concepto de capital .....