VIII.-DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Gerardo Aponte Carmona, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa Hotel Bella Vista, C.A, parte accionada, contra el fallo dictado el día 16 de octubre de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional instaurada por la empresa "Cambios Febres Parra, C.A".
Segundo: SE CONFIRMA el fallo apelado, dictado en fecha 16 de octubre de 2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial .....