Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento por Falta de Pago, intentada por la ciudadana NIMIA EUGENIA BOLIVAR VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N°V- 873.741, domiciliada en Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, asistido por el Dra. CAROLINA AGUIRRE BORGO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.641, de este domicilio, contra el Ciudadano HERMES CARDONA, venezolano, Cédula de Identidad N° 8.380.213, domiciliado en la Calle Principal de la Población de El Valle del Espíritu Santo, Jurisdicción del Municipio García del Estado Nueva Esparta.- SEGUNDO: Se declara RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, suscrito entre las partes Intervinientes de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.167 del Código Civil.- TERCERO: Se ordena a la Part.....