En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la oposición a las medidas preventivas, formulada por el abogado representante de la Sociedad Mercantil "RODRÍGUEZ MAZA & ASOCIADOS, C.A., identificados en la presente causa, en los términos antes señalados.
SEGUNDO: Se confirman las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre las Parcelas identificadas con los N° 01, de doscientos treinta y cinco metros cuadrados con noventa y ocho centímetros cuadrados (235,98 Mts2) y N° 16, con una superficie de doscientos treinta y nueve metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros cuadrados (239,65 Mts2), ubicadas en la Urbanización Villa Sierra, vía Conejeros-Porlamar, Sector Conejeros, Municipio García del Estado Nueva Esparta, de.....