esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, a fin de brindarle la debida protección a la cual tiene derecho la referida niña, mientras dure el presente juicio, Dicta MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR con miras a la adopción en beneficio de la niña OMITIDO CONFORME LA LEY) en el hogar de los ciudadanos ANTONIO JOSE SALAZAR PERLAEZ y YANNY CAROLINA REYES MARTINEZ, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 422 y 424 de la Ley Especial, en tal virtud la Oficina de Adopciones, deberá realizar el respectivo seguimiento, al cual se contrae el Artículo anteriormente invocado, para lo cual se acuerda oficiar lo conducente a la mencionada Oficina. En consecuencia, los precitados ciudadanos tendrán la Responsabilidad de Crianza de la misma y serán sus Representa.....