Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: sobresee la presente causa seguida contra Raúl José Ramírez, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad nro. 10.945.896, nacido el 24 de abril de 1971, de 34 años de edad, residenciado en la Calle Narváez, sector Los Clavelitos, Av. Terranova, Llano Adentro, sector Genovés, casa nro. 10 de color blanco, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4°,en concordancia con el artículo 324, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de quebrantamiento de condena, previsto y sancionado en el artículo 259 del Código Penal. Se ordena la cesación de las medidas de coerción que hubieren sido dictadas en contra de Raúl José Ramírez por la presunta comisión del delito de quebrantamiento de.....