En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos JESÚS JAVIER VELÁSQUEZ GIL y LILIBETH JOSEFINA SERRANO ESTABA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.541.844 y V-12.071.941, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 14 de diciembre de 2000 ante el Registro Civil del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta.