REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 19 de Febrero de 2013.
201° y 153°

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente Nº 24.329, contentivo del juicio que por DIVORCIO interpusiera el ciudadano SYLVAIN LAURENT MICHEL DEVIN, contra la ciudadana MIREILY CAROLINA MENDOZA ARIAS, este Tribunal observa, que en fecha 23-01-2013 (f. 74 al 79), el abogado ALEJANDRO JOSE CASTILLO LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.799, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente proceso, recurre en apelación de la sentencia dictada en fecha 4-12-2013 (f. 66 al 73), y el Tribunal erróneamente dicta auto en fecha 30-01-2013 (f. 131) ordenando la notificación de la parte demandada en la persona de la defensora judicial designada por este Tribunal. Ahora bien, se evidencia del cómputo que antecede que la referida sentencia fue emitida dentro del lapso a que alude el artículo 515 del Código de Procedimiento Civil, por lo que las partes se encontraban a derecho al momento de que el referido apoderado judicial ejerció el recurso de apelación antes señalado, no siendo necesaria la notificación ordenada mediante autos de fecha 30-01-2013, por lo que este Juzgado en atención a lo dispuesto en el artículo 206 eiusdem, ANULA el referido autos de fecha 30-01-2013 y ordena proveer por auto separado respecto a la apelación ejercida. ASI SE ESTABLECE.-
LA JUEZA PROVISORIA,




Dra. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ.

EL SECRETARIO,


Abg. NEIRO MARQUEZ MORA.

Expediente Nº 24.329.
CBM/NMM/félix
(Interlocutoria)