En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el Ciudadano: JESÚS JOSÉ RAMOS MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.144.595, debidamente Asistido por el Abogado en ejercicio Dr. GUILLERMO FORTI, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.922.797, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.334, Parte Demandada y el Ciudadano: MANUEL GUEVARA PIETRINI, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 501.541, debidamente Asistido por los Abogados en ejercicio Dres. MOISES ANDRADE y SUIMARA MONASTERIOS, Venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 33.860 y 76.426, respectivamente, Parte Demandante.- Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada.- Se da por terminado el presente procedimiento.- Archívese el presente Expediente.-
Publíquese, Diarícese y déjese c.....