DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESENTE DEMANDA reformada de Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por la ciudadana CECILIA NELLY DEL CARMEN WOENCKAUS, chilena, divorciada, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad N° E-81.449.981, contra la ciudadana CORINA DEL ROSARIO TRIVELLA BEAMUD, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.822.053.
SEGUNDO: Con lugar la excepción perentoria de falta de cualidad opuesta por la demandada CORINA DEL ROSARIO TRIVELLA BEAMUD contra la parte actora CECILIA NELLY.....