Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido parcialmente positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el procedimiento en cuanto a los tres trabajadores aceptantes del presente acuerdo y por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos irrenunciables de los demandantes, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, con respecto a los ciudadanos ZUNILDA PINTO, LUIS SERRANO MORENO y NELSON MARTÍNEZ, dándole efectos de Cosa Juzgada y en cuanto a los ciudadanos FREDDY GONZÁLEZ y JAIME MARÍN, este Juzgado difiere para una nueva oportunidad la práctica de la medida, previa solicitud de la parte actora.