"...Por todos los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERA: Con Lugar la Rectificación de Partida de Nacimiento del ciudadano SIMON JOSE LUNAR REYES, ya debidamente identificado.
SEGUNDO: Se ordena corregir el error material, asentándose el Nro de la cédula de identidad V. 5.473.687 y no V. 5.476.687, en el acta inscrita en los Libros de Registro Civil llevados por la Prefectura del Municipio Maneiro de la Parroquia Aguirre del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 31, fecha 3- 4- 1.981.
TERCERO: Se ordena insertar íntegramente este fallo en el Libro de Registro Civil correspondiente, con su debida nota marginal.
CUARTO: No hay condenatoria en costas.
QUINTO: Expídase por Secretaría copias certificadas de la solicitud y de esta decisión a la parte interesada, y env.....