TERCERO: De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 330 ordinal 5° del Texto Adjetivo Penal, se mantiene la medida privativa judicial de libertad, que pesa sobre la acusada de autos, Del Valle Josefina Franco Martínez, tal como fue decretado en el acto de presentación de Imputados toda vez que no ha variado las circunstancias q ameritan el peligro de fuga y la obstaculización en la búsqueda de la verdad, en aras de garantizar el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo anteriormente descrito, se ordena LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto penal, ordenándose el enjuiciamiento de la ciudadana Del Valle Josefina Franco Martínez, venezolana, natural de Cangrejada de Estado Sucre, fecha de nacimiento 25-12-82, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.924.840, Profesión y oficio del hogar, domiciliada en las minas de paraguachi, casa sin número de color rojo, final del cerro, Municipio Antolin Del Campo del E.....