En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, la oposición a la presente ejecución, formulada por los Abogados JOSE VICENTE SANTANA ROMERO y ROSA AREINAMO, ya identificados, actuando en representación del ciudadano JOSÉ JESÚS FERNÁNDEZ ORAMAS, parte ejecutada en la presente causa, en los términos antes señalados, por cuanto la misma no se ajusta debidamente al supuesto a que alude el referido ordinal 5º del artículo 663 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Se ordena la continuidad del procedimiento de ejecución de hipoteca, de conformidad con lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,.....