Concluida la evacuación de las testimoniales, quienes fueron contestes en sus dichos, y la revisión de las documentales, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano Víctor Tomas Salazar Montaño, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.477.654. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana Livia Delfina Salazar de Salazar, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad 5.089.363, al ciudadano Víctor Tomas Salazar Montaño, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.477.654, y al niño "... Identidad omitida conforme al Articulo 65 de la LOPNNA...", dejándose a salvo derechos de terceras personas, toda vez que la presente se fundamente en los recaudos consignados y en testimo.....