Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ADMITE LA PRESENTE QUERELLA interpuesta por las abogadas María Teresa Alsina Vaca y Francys Josefina Rodríguez Villarroel, inscrita en el inprebogado números 85.456 y 115.818, respectivamente, actuando bajo poder especial notariado, en representación de la Farmacia Provemar C.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 296 en concordancia con los artículos 11 y 24 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la ciudadana Adriana Wessolossky, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.905.082, residenciada en la avenida Aldonza Manrique, residencia Cristal Garden, apartamento 01-02, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, prevista y sancionada en el artículo 468 del Código Penal. .....