esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos José Miguel Luna Luna y Ana Josefina Guerra Caraballo, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números 9.305.215 y 10.200.323 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 30.08.1991 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 73 inserta a los folios 79 y su vuelto al 80 del Libro de Registro de Matrimonio llevado ante dicho Despacho.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el D.....