Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal en Funciones de Ejecución de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, Resuelve: 1.- Ejecutar, vigilar y computar el cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y del Adolescente, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES y VEINTE (20) DIAS, faltándole por cumplir SIETE (07) MESES y DIEZ (10) DIAS . 2.-Se ORDENA LA APERTURA DE LA PRESENTE INCIDENCIA, con la finalidad de debatir y decidir sobre la Medida de Privación de Libertad, impuesta a la Joven Adulta WILFREN YACKELINE JOSE MOTA, en consecuencia se fija la realización de la AUDIENCIA ORAL Y PRIVADA DE REVISION DE MEDIDA, para el día veinti.....