Decisiones del dia 30/10/2014 
				   
				 
	
				  
			 
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001983  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000550  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Primero: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Gladibel Coromoto Araujo Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.370.876, en beneficio del adolescente identidad omitida. Segundo: Autorizar a la ciudadana Gladibel Coromoto Araujo Castillo, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del Pasaporte que requiere el referido adolescente. LA PRESENTE NO AUTORIZA AL ADOLESCENTE A VIAJAR FUERA DEL PAÍS. Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitante. 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001321  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000547  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DISPOSITIVA
        En merito de las anteriores consideraciones esta  Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República  Bolivariana  de  Venezuela, y   por  Autoridad que le confiere la Ley, Declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud incoada por los ciudadanos TOMAS DESIDERIO CARABALLO y NIDIA DE JESUS GOMEZ,  venezolanos, mayores de edad,  titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 4.047.455 y 9.305.143 respectivamente a favor de su hija DIANA CAROLINA CARABALLO GOMEZ. SEGUNDO: Se autoriza la cesión de los derechos que posee el ciudadano TOMAS DESIDERIO CARABALLO a su hija identidad omitida, sobre los bienes inmuebles  matriculados bajo los números 393.15.10.1.667 y 393.15.10.1.668, en fecha 22 de diciembre de 2010, ante la Oficina de Registro Publico de los Municipios Arismendi y Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, c.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001994  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000551  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a pasar la cantidad de Setecientos Bolívares semanales (Bs. 700,oo) a razón de Dos Mil Ochocientos Bolívares mensuales (Bs. 2.800,oo). El padre aportará la cantidad en efectivo, un Bono de Fin de Año de Quinientos Bolívares (500ºº Bs.), el 50% de los gastos médicos, ropa, calzado, guardería, deporte y recreación, y el otro 50% por parte de la madre" REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: "El padre buscará a su hija en casa de la madre los días sábados y domingos a las 08:00 de la mañana y la regresará a las 12:00 del mediodía, pudiendo llevarla a sitios de recreación y esparcimiento. En tal virtud, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctr.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001873  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000548  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana Sonia Aide Spadafora Pino, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.062.885, debidamente asistida por los Abogados Alejandra Carolina Vizcaino Madriz y Yojar Enrique Bosquez Reyes, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 213.818 y 213.820 respectivamente, mediante la cual solicitan la Rectificación del Acta de Nacimiento del adolescente identidad omitida conforme a lo previsto en el Artículo 149  de la  Ley Orgánica de Registro Civil,  Así se Declara. SEGUNDO: Rectifíquese el Acta de Nacimiento del adolescente identidad omitida,  la cual corre inserta bajo el numero 163, tomo 1 del año 2002 de los libros llevados por la Prefectura del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, con la finalidad de que se corrija donde dice "identidad omitida, quien nació en la Clínica Son Dureta de Palma de Mallorca  de España, a la una hora treinta y cinco minuto.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001967  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000549  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Obligación de Manutención: "... A. Pasarle a sus hijos por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1200, 00) mensual. El 15 (Bs. 600,00) y el 30 (Bs. 600,00). B. Pasarle un Bono Especial de Navidad y Fin de Años de CINCO MIL (Bs. 5.000,00) BOLIVARES. C. Los Gastos Médicos por motivo de enfermedad compartidos por ambos. D. El bono escolar comienzo de las actividades escolares, gastos compartidos por ambos..." Régimen de Convivencia Familiar: "... El fin de semana con el padre y un fin de semana con la madre. El padre buscara a su hija el sábado en casa de su madre de la niña a las 10:00a.m., y la regresara el mismo día donde la buscó a las 06:00p.m. y el domingo igual que el sábado la buscara en casa de la madre de la niña a las 10:00a.m., y la regresara en el mismo lugar donde la busco a las 06:00p.m, las vacaciones serán compartidas por ambos de mutuo acuerdo ..." En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediac.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001987  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0392014000552  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: OBLIGACION DE MANUTENCION: El padre se compromete a pasar la cantidad de novecientos bolívares (900ºº Bs.) quincenales a razón de mil ochocientos bolívares (1.800ºº Bs.) mensuales. El padre aportará mil bolívares (1.000ºº Bs.) en efectivo y ochocientos bolívares (800ºº Bs.) en cesta ticket. Un bono de fin de año de tres mil bolívares (3.000ºº Bs.) en ropa, calzado y juguetes y el 50% de los gastos médicos, ropa, calzado, útiles escolares, transporte, deporte y recreación el otro 50% será por parte de la madre. REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: El padre buscará a sus hijas cada 15 días en casa de la madre, los días sábado a partir de las 09:00 a.m y las regresará los días domingos a las 05:00 p.m a la misma dirección, pudiendo llevarlas a sitios de recreación y esparcimiento. En tal virtud, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								OP02-J-2014-001981  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ03920140005553  
						  
						  Fecha: 30/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: OBLIGACION DE MANUTENCION: Los padres acordaron Obligación de Manutención por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), quincenal, lo que sumará la cantidad de UN MILSEISCIENTOS BOLIVARES (BS. 1.600,00) mensual, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro a nombre del niño, lo cual será aperturada lo más pronto posible, un Bono de Fin de Año por la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,00) en ropa, calzado y juguetes y el 50% de los gastos médicos. El otro 50% será aportado por la madre.  REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: El  padre buscará a su hijo en casa de la madre los días que este tenga libre en su trabajo desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. pudiendo llevarlo a sitios de recreación y esparcimiento. En tal virtud, Se admite la misma  por  no  ser  contraria  al  orden  público,  a   la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección  Integral, cual es el Interés.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luisana Marcano 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes