es por lo que esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano Julio Alejandro Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.152.960, debidamente asistido por el Defensor Publico Quinto de Protección de este estado y como consecuencia de esta declaración, se impone como CARGA FAMILIAR del ciudadano Julio Alejandro Pérez, plenamente identificado, a la niña identidad omitida, para que pueda percibir todos los beneficios que puedan corresponderle tal como lo reciben los hijos de los empleados de la empresa PDVSA en virtud del Interés Superior del Niño consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por gozar.....