esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud de Autorización Judicial, incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO BETANCOURT DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.407.466, en beneficio de la niña (OMITIDO CONFORME A LA LEY), de nueve (09) años de edad. SEGUNDO: AUTORIZAR al ciudadano JOSE GREGORIO BETANCOURT DURAN, antes identificado, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del PASAPORTE, ante las Oficinas del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), que requiere la niña (o.....