PRIMERO: En este estado este tribunal analizada las actas que conforman la presente causa, y visto el cambio de calificación jurídica dada en esta Audiencia por el ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público, la misma esta ajustada a derecho de conformidad con el establecido en el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación formulada por el Ministerio Público, en contra del imputado ya identificado, incluyendo el cambio de calificación indicado, por la comisión del delito de Uso de Permiso de Residencia Falso, previsto y sancionado en el articulo 326, Ordinal 3°, del Código Penal. De igual forma, en apego con lo pautado en el artículo 330 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal admite totalmente, las pruebas ofrecidas en este acto por el Ministerio Público por ser legales, licitas, pertinentes, y necesarias, para dar probado los hechos imputados por el Ministerio Publico y a los fines de la determinación.....