este Tribunal decreta Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles que sean propiedad exclusiva de la parte demandada, ciudadano ABDUL HUSSEIN DARWICH SALIM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.200.899, domiciliado en la calle Igualdad con Fraternidad, tienda Fox Woda, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, hasta cubrir la suma de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 900.000,00), que corresponde al doble de la suma demandada, más las costas procesales calculadas a razón del 25% del valor de la demanda, montante a la suma de CIEN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 100.000,00) incluida en la cifra anterior. Si la medida recayere sobre cantidades liquidas de dinero, se practicará la misma hasta cubrir la suma de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 500.000,00) que corresponde a la suma demandada, más las costas procesales.
Para la práctica de dicha medida, se exhorta a la parte actora para que indique donde se e.....