DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al acusado: RICHARD RAMON VELASQUEZ, venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 17 de agosto de 1966, de 38 años de edad, de oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.204.285, residenciado en la Calle Principal, Sector B, casa N° 11, Urbanización Villa Rosa, Municipio Autónomo García, estado Nueva Esparta y en consecuencia, se CONDENA, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISION, por encontrarlo responsable penalmente de la comisión del delito de.....