Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLES a los acusados: JUAN CARLOS BELLO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.221.436, de 39 años de edad, nacido en fecha 26 de julio de 1970, soltero de oficio electricista, con residencia en la Calle Marcano cruce con la Margarita, casa N° 10-49, al lado del taller Doña Franca, Ciudad Cartón, Municipio Autónomo Mariño del estado Nueva Esparta y TONI DEL JESUS SUAREZ ALEMAN, venezolano, titular de la Cédula de identidad N° V-24.438.463, de 23 años de edad, nacido en fecha 08 de septiembre de 1985, solte.....