En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER EL REPOSO DOMICILIARIO CONCEDIDO Al Acusado ENEIXO JOSE MATA GONZALEZ, ampliamente identificado en autos, quien actualmente se encuentra hospitalizado en el Hospital Luis Ortega de Porlamar, y cuyo arresto domiciliario, una vez sea dado de alta, deberá cumplirlo en la siguiente dirección: dirección Calle La Piragua, Residencias Vacacionales El Agua, Municipio Antolín del Campo, estado Nueva Esparta por un lapso de NOVENTA (90) DIAS CONTINUOS, contados a partir del dia de hoy Primero (1°) de Junio de 2011, y vence el TREINTA (30) DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE (2011) y que con nueva evaluación médica por el médico tratante y ratificado por la Medicatura Forense, se podrá verificar su evolución y se determinará si requiere o no un nuevo .....