este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por las ciudadanas JUDEDI CARABALLO y CARMEN CARDONA, titulares de las cédulas Nº V-9.428.911 y V-11.852.115, respectivamente, contra las empresas LABORATORIO CLINICO INSULAR R.S., C.A. y POLICLÍNICA COSTA AZUL, C.A., en el asunto signado con el No. OP02-L-2009-000434, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.