En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:----------------
PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-"A", del Código Civil, presentada por los ciudadanos ORLANDO JESÚS BERMUDEZ URBINA y FARIDE JEANNETTE ROJAS MEZA, venezolanos, mayores de edad, identificado con las cédulas de identidad Nros. V- 6.189.896 y V- 7.244.443, respectivamente.--------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 26-12-1995, por ante la Prefectura Actual Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, inserta bajo el Nro. 148, folio 158, de los Libros de Registro Civil de matrimonio llevados.....