En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La solicitud de conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, realizada por los ciudadanos YEROSKA DEL CARMEN COPLAND AGUIRRE y GUSTAVO ALEJANDRO DIAZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V- 19.084.190 y V- 20.911.469, respectivamente.---------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 08-05-2015, por ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.-----------------------
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA y PARTICÍPESE,.....