Concluida la evacuación de las pruebas y la revisión de las documentales; esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano JESUS MANUEL RIOS RIOS venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Vecindad, casa s/n, calle Independencia, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta y titular de la cédula de Identidad Nro.3.826.320. SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR del ciudadano JESUS MANUEL RIOS RIOS venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Vecindad, casa s/n , calle Independencia, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta y titular de la cédula de Identidad Nro.3.826.320 a su nieta, la niña (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) de ocho (08) años de edad, y pueda percibir, los beneficios que corresponda de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, de donde es jubilado, salvo derechos d.....