Se AUTORIZA a la ciudadana Mariana José Yépez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.014.948, para que en nombre y representación de su hija COMPREN el referido inmueble cuyos datos y demás especificaciones constan de autos, por resultar beneficioso para la niña en mención, como consecuencia de ello, podrán representar a su hija ante el Registro Publico de los Municipio Arismendi y Antolin del Campo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, y suscribir en su nombre y representación los documentos correspondientes con ocasión a la compra del referido inmueble, y de igual manera, visto lo señalado por la progenitora en el escrito aquí señalado de cancelar en beneficio de su hija los gastos inherentes a dicho inmueble por Condominio, servicios de Electricidad, agua, Internet, televisión satelital o cable, y cualesquier otro gasto por servicio o mantenimiento del inmueble, hasta que alcance la mayoridad, este Tribunal HOMOLOGA lo suscrito por la referida c.....