esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana NERYURIS TIBISAY MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.993.483, en beneficio de sus hijos: (OMITIDO CONFORME A LA LEY), para que en nombre y representación ellos, acuda ante la empresa MERCANTIL SEGUROS c.a y ante cualquier otro organismo, público o privado para gestionar el cobro en las acreencias y beneficios en las que resulte acreedores con ocasión al fallecimiento de su padre, ciudadano YOHANATAN DAVID FIGUEROA MARTINEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V- 13......