se ordena: PRIMERO: Dictar MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR del niño OMITIDO CONFORME A LA LEY, en el hogar del ciudadano Jose Antonio Reyes Borges, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.137.186, en su carácter de Tio, Abuelo Paterno y Cuidador del niño antes mencionado, conforme a lo establecido en el Articulo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Especial, en concordancia con los Artículos 395 literal "b" y 397-C respectivamente en consecuencia, se acuerda expedir constancia de Responsabilidad de Crianza y Ejercicio de Custodia. SEGUNDO: Notifíquese a los ciudadanos Darwin Jose Reyes Pintos y Edgaris Madeleneims Calvette Perozo, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-22.004.222 y V-24.443.418 respectivamente, de conformidad con el Artículo 458 ibidem; para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a la ultima notificación de las partes; a contar de la fecha en que la Secretaria certifique sus notific.....