"Es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en uso de las atribuciones que le confiere la ley, y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, considera procedente y ajustado a derecho, declarar: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana NAIDA JOSE LEON SALAZAR, titular de la cédula de identidad número 14.054.936, asistida de la Defensora Pública Segunda de Protección, Doctora Maria Celeste de Castro. SEGUNDO: Se AUTORIZA al adolescente "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", para que acuda en compañía de su padre, ciudadano PEDRO VICENTE VELASQUEZ MILLAN, titular de la cédula de identidad número 12.672.710, a campañas de pesca de pulpo, en las inmediaciones del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, durante el periodo vacacional escolar 2016, es decir, en el periodo comprendido entre el mes de agosto y sept.....