En consecuencia esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA :
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE ADOPCION PLENA, NACIONAL y CONJUNTA de (OMITIDO CONFORME A LA LEY), presentada por los ciudadanos NICASIO RAFAEL CARABALLO CARABALLO y AURA MARGARITA ROJAS DE CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-2.826.850 y V-2.833.564 respectivamente, y domiciliados en la calle Girardot, N:1-107, La Otra Banda, Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta. ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Atendiendo el contenido de los Artículos 502, 504 y 505 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adole.....