En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la oposición a la medida preventiva innominada decretada en el presente proceso, formulada por el Abogado JESUS ALBERTO LOPEZ SUAREZ, ya identificado, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, en los términos antes señalados. Segundo: Se suspende la medida preventiva innominada, decretada en el presente proceso, para lo cual se ordena librar oficio al Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, a los fines de asentar la correspondiente nota marginal. Tercero: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimi.....